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Senado acuerda ruta crítica para la aprobación de la ley contra el feminicidio; habrá diálogo el 18 de agosto

El Senado de la República acordó una “ruta crítica” para aprobar la iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbuam para expedir
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El Senado de la República acordó una “ruta crítica” para aprobar la iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbuam para expedir una ley general para prevenir, investigar y sancionar el delito de feminicidio.

La presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género, Martha Lucía Micher, recordó que Sheinbaum Pardo presentó el 22 de julio su iniciativa, y se busca que el proyecto sea aprobado en las dos cámaras del Congreso antes del 25 de noviembre, cuando se celebra el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.

Durante una sesión este miércoles de dicha comisión, senadores aprobaron por unanimidad la “ruta crítica” para la aprobación del mencionado proyecto en la cámara alta.

Indicó que entre julio y agosto se realizará un análisis técnico jurídico de la iniciativa presidencial.

A principios de agosto se recibirán propuestas de academia, sociedad civil y expertos a través de un micrositio de internet que se dará a conocer en los próximos días.

Indicó que el 18 de agosto se llevará a cabo una mesa de diálogo, aunque no precisó quiénes serán los invitados.

Destacó que entre el 19 de y 24 de agosto se realizará la sistematización de las propuestas, y luego se elaborará un proyecto de dictamen, mismo que se hará circular entre los integrantes de las comisiones de Justicia, Igualdad de Género y Estudios Legislativos Primera.

Posteriormente, se convocará a reunión de comisiones unidas para aprobar la iniciativa, lo cual será en septiembre.

Recordó que tras su aprobación en el Senado, el proyecto deberá ser remitido a la Cámara de Diputados donde se prevé que se apruebe antes del 25 de noviembre.

La ley propuesta por la presidenta Shienbaum contempla que toda muerte violenta de una mujer deberá investigarse con perspectiva de género y bajo la hipótesis de feminicidio.

“El Ministerio Público iniciará de manera inmediata la investigación del delito de feminicidio a partir de que tenga conocimiento del hecho, por lo que deberá realizar sin dilación alguna todos los actos de investigación urgentes y necesarios, conforme a los principios de oportunidad, exhaustividad, inmediatez y debida diligencia”, estableció.

Precisa que la Fiscalía General de la República y las Fiscalías o Procuradurías locales deberán contar con unidades o fiscalías especializadas para el conocimiento, la investigación y persecución del delito de feminicidio.

Reconocen que son derechos de las víctimas sobrevivientes e indirectas por feminicidio, el acceso a la verdad y a la justicia; la asistencia jurídica especializada y gratuita; la reparación Integral del daño y participar en el procedimiento penal, lo que implica acceder a la carpeta de investigación, ejercer la coadyuvancia y al ejercicio de la garantía de audiencia.

Ordena que las autoridades de los tres niveles de gobierno, incluida la Fiscalía General de la República, así como las fiscalías o Procuradurías locales, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán coordinarse para fortalecer las investigaciones para la persecución del delito de feminicidio.

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